COVID 19. Aspecto médico, legal y futuras líneas de trabajo
INTRODUCCIÓN
La súbita irrupción de la pandemia por la propagación del coronavirus, obligó a la toma de medidas extraordinarias en materia de salud ocupacional, jurídica y de seguridad e higiene. En pocos días vastos sectores productivos debieron reorganizar su modalidad de trabajo, mientras que otros paralizaron sus actividades o las hicieron remotas en la medida de las compatibilidades. A nivel global, los datos referidos en los monitoreos realizados por la Organización Internacional del Trabajo, indican que de inicio, al mes de abril de 2020 la pandemia había afectado de alguna u otra manera, a unos 3300 millones de trabajadores. Conforme la actualización de dichas publicaciones aproximadamente un 81% de la fuerza laboral mundial ha resultado alcanzada por el impacto de las medidas del aislamiento social y el cese sin precedentes de la actividad económica acontecido, en pocos meses para algunos países, y en pocas semanas para otros. En este difícil contexto, se ha revelado la destacada importancia de la medicina del trabajo, toda vez que tuvo un papel preponderante para la toma de decisiones tanto de las compañías comerciales, como para las organizaciones públicas o privadas. Poco a poco se fue consolidando y resignificando la concepción sobre la importancia de la salud de los trabajadores, como eslabón indispensable para el sostenimiento del mercado laboral.
LAS MEDIDAS FRENTE A LA EMERGENCIA SANITARIA
El 30 de enero de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró que el brote de COVID-19 resultó una emergencia de salud pública y finalmente el 11 de marzo de 2020, dispuso oficialmente la declaración del carácter de pandemia. Asimismose efectuó un enfático llamamiento a los países afectados para que adoptaran medidas inminentes y agresivas, en virtud de la gravedad y el impacto de la crisis sanitaria. En la Argentina, el 19 de marzo de 2020 se declaró el primer período de confinamiento para todo el territorio nacional, impactando en el mercado laboral, y simultáneamente generando costos desde el punto de vista económico y humano. Adicionalmente a los períodos de aislamiento de acuerdo a la situación epidemiológica de las zonas afectadas, se promulgaron un sinnúmero de normativas, protocolos de actuación para todos los ámbitos de actividad y estrictas políticas laborales. Se destacarán en este trabajo aquellas medidas que hicieron hincapié en el control y la contención de la propagación del virus, en miras de velar por la salud y seguridad de los lugares de trabajo. La profunda crisis provocada por la pandemia, identificó la importancia primordial de proteger la salud en el lugar de trabajo, poniendo de manifiesto la innegable interdependencia entre la salud laboral y las políticas de protección social. El convenio OIT 187 ratificado por el país, sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, prevé que cada Estado miembro debe promover la mejora continua de la seguridad y salud en el trabajo, consiguiendo un ambiente seguro y saludable, mediante la elaboración de una política nacional estratégica e interdisciplinaria. Merecidamente aconteció a nivel nacional y mundial, en el contexto de la coyuntura de la emergencia sanitaria, la revaloración de la salud laboral y de la salud pública, las cuales vieron desdibujar sus fronteras por la necesaria integración en sus políticas, y el requerimiento de estrategias conjuntas. La labor de los médicos especialistas en medicina del trabajo, radicó inicialmente en la prevención y el control de la propagación del virus en el medio laboral, para luego afrontar el seguimiento y tratamiento de las secuelas físicas, con el actual desafío de las consecuencias psicosociales tanto de los trabajadores como de las familias afectadas. Efectivamente la actuación se centró y sigue estando vinculada al control de dos riesgos específicos, por un lado el riesgo biológico y, por otro lado, el emergente riesgo psicosocial que nos acompañará incluso en la nueva normalidad. En relación a las medidas legales dictaminadas, se destaca en primer lugar por resultar de mayor trascendencia y consecuencias en el mercado laboral, la protección de grupos de riesgos con la eximición de prestar tareas presenciales hasta que pudieron ser inoculados. La resolución ministerial RESOL-2020-207-APN-MT publicada en el boletín oficial el 16.03.2020, estableció la dispensa de ese grupo, a prestar tareas presenciales en principio por 14 días, los que se fueron prorrogando finalmente hasta la vacunación. Los grupos protegidos estuvieron dados por: i) Trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta (60) años de edad, con la excepción de los que sean considerados personal esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento y a los trabajadores del sector salud, ii) Trabajadoras embarazadas, iii) Trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de riesgo que define la autoridad sanitaria nacional. En relación al personal incluido en la definición de grupo de riesgo se incluyó a: enfermedades respiratorias crónica, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística, asma moderado o severo, enfermedades cardíacas,insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas, inmunodeficiencias, diabéticos, personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses, obesidad grado II y III. Un año después, mediante Resolución conjunta del Ministerio de Salud y de Trabajo RESFC-2021-4-APN-MS, se dispuso eretorno a la actividad laboral presencial de todos los trabajadores protegidos y dispensados, que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19, transcurridos 14 días desde la inoculación. En relación a los trabajadores de la salud con alto riesgo de exposición, la comparecencia al lugar de trabajo se estableció ante el esquema completo de vacunación, independientemente de la edad y la condición de riesgo. Finalmente mediante Decreto de necesidad y urgencia DECNU-2021-678-APN-PTE, únicamente quedan dispensados del deber de asistencia al lugar de tareas, aquellos trabajadores que acrediten estar comprendidos en el artículo 3°, incisos V y VI, de la Resolución del Ministerio de Salud 627/21RESOL-2020- 627-APN-MS, por un plazo determinado que no podrá ser superior a 30 días y que podrá renovarse en caso de subsistir las causales. Es decir queda como único grupo protegido hasta el levantamiento de la emergencia sanitaria, el conformado por: Personas con Inmunodeficiencias: congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave, VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable), Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días), Pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento, trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos. Las medidas de retorno laboral referidas fueron tomadas en virtud de los felices resultados globales y nacionales generados por la vacunación masiva, en relación al control y retracción de la situación epidemiológica. Sin perjuicio de ello, es determinante dejar sentado, el alto cumplimiento de protocolos de salud y seguridad en los lugares de trabajo, llegando a convertirse los mismos en ambientes de bajo riesgo de contagio, de acuerdo a estadísticas, y estudios de expertos.
Es imperioso destacar que en diciembre de 2020 comenzó la vacunación frente al SARS-CoV-2 para el personal de salud, y luego para los distintos grupos que se fueron definiendo conforme riesgo y grado de exposición. Más allá de las aisladas controversias generadas por la coyuntura, existe una posición y valoración pacífica respecto a la rápidez de la aparición de vacunas y a su valor como única herramienta efectiva y segura a mediano y largo plazo, siendo el tratamiento frente a esta pandemia, un hito en la historia sanitaria nacional e internacional. Conforme datos publicados por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, como resultado de estudios epidemiológicos del período comprendido entre abril 2020 y marzo 2021, los contagios empezaron a descender más pronunciadamente en el personal de salud que en la comunidad general desde septiembre 2020, acelerándose dicha tendencia con el plan de vacunación. En consideración a que el personal de salud fue designado el sector prioritario en la vacunación, resultó el primer grupo en reportar caída significativa de contagios, máxime cuando se logró el esquema completo de inoculación. Lamentablemente no existen estudios publicados de la incidencia de la vacunación exclusivamente en la población laboral que cumple tareas presenciales en las organizaciones, en relación a los grupos que tuvieron dispensa de comparecencia. Habiendo trascurrido poco más de un año y medio desde el inicio de la emergencia sanitaria, se destaca que Argentina tiene un altísimo número de población general con esquema de vacunación completo, e incluso cumpliendo fases de refuerzo. Felizmente ello ha determinado el control de la situación epidemiológica, evitando la saturación del sistema de salud. Respecto a la población laboral, se destaca que al inicio de las fases de vacunación, los médicos del trabajo tuvieron un papel preponderante en el asesoramiento de la comunidad laboral, brindando información sobre el valor de la inoculación, para el cuidado de la salud de los trabajadores, y su familia. Durante los primeros meses los trabajadores acudieron a los asesores médicos internos o externos, según el tipo de compañía, para efectuarles consultas sobre los tipos de vacunas, los posibles efectos adversos, la efectividad y sobre todo buscando un consejo profesional. En el caso de pequeñas empresas sin presencia de Médicos del trabajo, fueron los empleadores los que requirieron asesoramiento puntual para trasmitirlo a sus dependientes, otorgándoles información fidedigna, que les permitiera decidir con el conocimiento adecuado. En el mercado laboral, los casos de personal que manifestó voluntad de no vacunarse, importaron casos excepcionales y aislados, y en la medida que se conocieron las estadísticas de los efectos de la vacunación, la gran mayoría revisó su postura y decidió vacunarse. En virtud de que la vacunación resulta un tema de salud pública, y en razón a que la vacuna para el Covid 19, no se encuentra a la fecha dentro del esquema obligatorio, se ideó un pase sanitario que tiene en miras, respetar la voluntad de quienes no quieren inocularse, pero a su vez reducir la concurrencia de estas personas a lugares de alta contagiosidad, para que su libertad individual no afecte el derecho a la salud del resto de la población.
FUTURAS LÍNEAS DE TRABAJO
Cabe reiterar que los empleadores son los responsables de proporcionar un lugar de trabajo seguro y saludable, garantizando la prevención y promoción de la salud física y psíquica de la comunidad de trabajadores, toda vez que para ellos su cuerpo y psiquis, resulta la única herramienta de trabajo. La experiencia vivida en torno al control de la pandemia Covid 19, ha sido lamentable y ha aparejado costos irremediables desde el punto de vista, humano, social y económico. Ello no impide el reconocimiento del vasto aprendizaje que dejará en torno al valor de la salud, y a las preciadas herramientas adquiridas para hacer frente a la pandemia, epidemia u otro amenazante a la salud pública y laboral. La implementación de programas de prevención, será la estrategia más efectiva para mitigar sistemáticamente los riesgos a la salud de los trabajadores, y debiera quedar como instrumento permanente, una vez superada la emergencia en forma definitiva. Como parámetro de ejemplo, destacamos las medidas más efectivas utilizadas durante la emergencia sanitaria, conforme el estudio publicado por los CDC, basado en soluciones de ingeniería, controles administrativos y uso de elementos de protección personal.
1. Ingeniería: Establecimientos y equipos • Evaluación de la factibilidad de los controles de ingeniería para riesgos laborales • Verificación de los sistemas de ventilación y agua • Modificación de los espacios de trabajo para propiciar el distanciamiento social, a saber: • Colocación de divisores como barrera de protección • Alejamiento del lector de pagos de la caja • Utilización de anuncios verbales, carteles y señalizaciones visuales para fomentar el distanciamiento social • Reorganización de los muebles • Alternativa de compra remota (como entregas y recogida)
2. Administrativos Evaluación • Medición de la temperatura y evaluación para detectar síntomas • Realización de pruebas de detección del SARS-CoV-2, el virus que causa el COVID-19 Administración y comunicaciones • Monitoreo de las comunicaciones de salud pública estatales y locales acerca del COVID-19 • Elaboración de estrategias para: • abordar las inquietudes de los trabajadores • comunicarse con los trabajadores • Comunicación de políticas y prácticas a socios, proveedores y otros contratistas • Promoción de distanciamiento social y el uso de mascarillas (si corresponde) en el lugar de trabajo • Utilización de tecnología para fomentar el distanciamiento social (como teletrabajo o reuniones virtuales) • Cancelación o reducción de eventos grupales • Cierre/limitación del uso de espacios compartidos • Evaluación de políticas que fomenten licencias por enfermedad flexibles y horarios de trabajo alternativos. • Programación de la reposición de existencias durante horarios de menos actividad Limpieza y desinfección • Limpieza y desinfección de las superficies que se tocan con frecuencia (como mesones, estantes, exhibidores) • Entrega a los empleados toallitas desinfectantes desechables, limpiadores o aerosoles efectivos contra el virus que causa el COVID-19.
Puntos Claves Las principalesmedidaslaboralestomadasfrente a la emergencia sanitaria fueron: • Aislamiento de grupos de mayor riesgo • Protocolos estrictos de medidas de salud yseguridad por actividad • Presunción del Covid 19 con enfermedad profesional no listada • Reducción del aforo en transporte público para actividades esencialesytransporte privado a cargo de las compañías • Licencia remunerada de progenitores ante la suspensión de clases presenciales • Licencia remunerada de empleados que cumplan los requisitos para ser definidos como caso sospechoso o contacto estrecho • Prohibición de despido • Imposición de duplicación a la indemnización por antigüedad • Pago del día de vacunación.
Capacitación Capacitación de los empleados sobre: • Políticas para reducir la propagación del SARS-CoV-2 • Higiene en general • Medidas frente Síntomas • Limpieza y desinfección • Mascarillas • Distanciamiento social • El uso de EPP • Prácticas de trabajo seguras • Manejo del estrés.
3. Equipos de protección personal (EPP)
• Realización de evaluaciones de riesgos en el lugar de trabajo
• Determinación de EPP que necesitan los trabajadores en
función de sus tareas específicas y con base en los controles
de riesgo y otros controles
Claramente el impacto de un riesgo biológico en el mundo laboral, debe abordarse como cualquier otro riesgo para la salud
de los trabajadores, garantizando la prestación de tareas seguras de las personas en el trabajo, con la consecuente protección
de la familia, y de la comunidad en su conjunto.
La medicina de trabajo tuvo una oportunidad histórica, por resultar indispensable para la reorganización de los sectores productivos promoviendo el trabajo saludable y decente, reduciendo contagios, tratando secuelas y en definitiva salvando vidas.
Ello puso sobre la mesa, el valor trascendental de la disciplina,
con reconocimiento en el sector, privado, público e internacional. El desafío será sostener e incrementar el merecido protagonismo, en post del mantenimiento de la salud laboral como
tema permanente en la agenda nacional.